Inmigración / Delitos de drogas y consecuencias migratorias
Área de práctica

Delitos de drogas y consecuencias migratorias

Los delitos relacionados con sustancias controladas y las acusaciones de tráfico pueden tener consecuencias migratorias graves, incluso cuando la sentencia penal es leve.

Inadmisibilidad y deportabilidad

INA § 212(a)(2)(A)(i)(II) regula ciertas condenas o admisiones válidas por violaciones relacionadas con sustancias controladas federales. INA § 237(a)(2)(B)(i) contiene una excepción limitada de deportabilidad por una sola infracción de posesión para consumo personal de 30 gramos o menos de marihuana. Esa excepción no se aplica de manera general a la inadmisibilidad.

Tráfico sin condena

INA § 212(a)(2)(C) permite una determinación de inadmisibilidad por tráfico ilícito de drogas basada en conocimiento o razones para creer, aun sin condena penal. Algunos delitos de tráfico también constituyen “aggravated felonies”.

Marihuana

La legalización estatal no elimina automáticamente los riesgos bajo la ley federal migratoria. La dispensa bajo INA § 212(h) por sustancias controladas es muy limitada y se refiere a un solo delito de simple posesión de 30 gramos o menos de marihuana, además de otros requisitos.

Análisis individual

Revisamos la sustancia, el estatuto exacto, el expediente, las excepciones y los posibles recursos.

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Fuentes legales

Información jurídica general; no determina elegibilidad ni garantiza resultados. Las leyes y sus interpretaciones cambian y cada caso requiere análisis individual.